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¿Qué formación necesitas para trabajar como mediador de seguros?
¿Qué formación necesitas para trabajar como mediador de seguros?
Todo lo que debes saber sobre la formación básica obligatoria para mediadores de seguros
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Active Seguros Wed, 05 Jun 2024 13:05:53 +0200
05 de Junio de 2024
¿Qué formación necesitas para trabajar como mediador de seguros?
En Active Seguros, proporcionamos un curso de formación online (Nivel 3) para nuestros agentes, en línea con el Real Decreto 287/2021 y la Resolución de la DGSFP del 3 de junio. Este curso está disponible en el CAMPUS ACTIVE SEGUROS a través del Instituto E-learning del Seguro y está diseñado para homologar a los agentes, brindándoles las habilidades necesarias en el ámbito de los seguros. 

El Instituto E-learning del Seguro resalta que la formación es clave para crecer profesionalmente en el sector asegurador y, en muchos casos, es obligatoria por ley. Esto incluye a mediadores de seguros, sus empleados y colaboradores, así como a empleados de entidades aseguradoras. ¿Conoces los tipos de formación y todos sus requisitos?
 
DOS NIVELES DIFERENTES: NIVEL 2 Y NIVEL 3 
 
En el sector de seguros, hay tres niveles de formación: 1, 2 y 3. Por un lado, el Nivel 1 está dirigido a corredores de seguros y responsables de distribución. Por otro lado, las personas que se contemplan en los Niveles 2 y 3 se categorizan de manera especial, siendo su formación obligatoria.
¿Quiénes tienen que realizar el Nivel 2? 
  • Agentes de seguros individuales y personas responsables de distribución, o al menos la mitad de los directivos de empresas, que presten asesoramiento sobre productos de seguros. 
  • Empleados de entidades aseguradoras y reaseguradoras que presten asesoramiento sobre productos de seguros o reaseguros. 
  • Empleados de mediadores de seguros y reaseguros que presten asesoramiento sobre productos de seguros o reaseguros, y personas en redes de operadores de banca-seguros que asesoren sobre productos de seguros. 
  • Colaboradores externos individuales, responsables de la actividad de colaboración con la distribución de seguros, o al menos la mitad de los directivos responsables de esta colaboración, así como sus empleados, que presten asesoramiento sobre productos de seguros.
¿Quiénes tienen que realizar el Nivel 3? 
  • Agentes de seguros individuales y responsables de la actividad de distribución, o al menos la mitad de los directivos de empresas, que proporcionen información sobre productos de seguros, no realizando asesoramiento.
  • Empleados de entidades aseguradoras y reaseguradoras que proporcionen información sobre productos de seguros o reaseguros, no realizando asesoramiento.
  • Empleados de mediadores de seguros y reaseguros que proporcionen información sobre productos de seguros o reaseguros, no realizando asesoramiento.
  • Personas que integran las redes de distribución de los operadores de banca-seguros que proporcionan información sobre productos de seguros, no realizando asesoramiento.
  • Colaboradores externos individuales y responsables, o al menos la mitad de los directivos, que proporcionen información sobre productos de seguros, no realizando asesoramiento.

¿CUÁL ES LA FORMACIÓN OBLIGATORIA? 
¿Cómo es la formación inicial para los diferentes niveles? 
 
Para el ejercicio de la actividad de distribución de seguros y reaseguros, la formación inicial es obligatoria para todos. En el NIVEL 2, el curso es de 200 horas, y en el NIVEL 3 es de 150 horas. Sin embargo, estos tiempos pueden variar dependiendo del tipo de seguro y del trabajo que realicemos. Si hay una buena razón, la formación puede ser más corta, según lo decida la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
¿Y qué pasa con la formación continua? 
 
Los distribuidores de seguros así como el personal relevante en esta distribución deberán garantizar una formación continua. Todas las personas contempladas en los NIVELES 1, 2 y 3 deberán realizar cursos de formación continua, pudiendo llevarse a cabo en persona, a distancia u online. Esta formación les permitirá mantenerse actualizados y cumplir con los procedimientos que se necesiten, así como garantizará que se cuenta con la cualificación adecuada y que se conservan y actualizan los conocimientos mediante esta formación.
  • La formación continua obligada para las personas comprendidas en los NIVELES 1 y 2 tendrá una duración mínima de 25 horas lectivas anuales, adaptándose a lo que se realice y los seguros con los que se trabaje. 
  • La formación continua obligada para las personas comprendidas en el NIVEL 3 tendrá una duración mínima de 15 horas lectivas anuales, ajustándose a lo que se necesite para realizar el trabajo de mediación. 
La obligación de formación continua anual se aplicará a partir del año siguiente a aquel en el que se hubiese accedido al ejercicio de la actividad de distribución.

 
Fuente:
BOE - Real Decreto 287/2021: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-6309
Instituto e-Learning del Seguro - https://www.campusdelseguro.com/la-formacion-en-seguros/  
 

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